Derechos y deberes del trabajador con licencia médica

¿Cómo usar una licencia médica?

  1. El trabajador concurre al médico con una dolencia real.
  2. El médico emitirá una licencia si estima que el paciente no puede desempeñar sus labores debido a su enfermedad.
  3. El trabajador debe presentar la licencia médica en un plazo de 2 días en su empresa (3 días si eres trabajador del sector público), desde la fecha de inicio de reposo.
  4. El empleador la enviará a FONASA o ISAPRE para su tramitación.
  5. La contraloría de la ISAPRE o COMPIN revisará la licencia y aquí puede: aceptar, rechazar o reducir el pago.
  6. Dicha resolución deberá ser notificada por correo al afiliado.

Derechos de un trabajador con licencia médica

  1. Que se le otorgue una licencia.
  2. Ausentarse del trabajo para recuperar su salud.
  3. Que su entidad de salud previsional (Fonasa o Isapre) le informe sobre su licencia.
  4. Apelar si su licencia médica es rechazada o reducida.

¿Porqué motivos pueden rechazar o reducir una licencia?

  1. Presentar la licencia fuera de plazo.
  2. Incumplimiento del reposo.
  3. Intervención de la licencia.
  4. Entrega de antecedentes falsos o simulación de enfermedad.
  5. Trabajar o estudiar en período de reposo.

Obligaciones de un trabajador con licencia médica

Al recibir una licencia médica, el trabajador debe:

  1. Presentar la licencia ante su empleador dentro de 2 días hábiles (3 días hábiles si trabaja en el sector público), considerando como primer día la fecha de inicio de reposo.
  2. Cumplir el reposo en la dirección indicada en la licencia:
    – Esto rige por todo el día, independiente del horario laboral del trabajador o de la aceptación o rechazo del pago.
    – Debe indicar la dirección completa donde se cumplirá el reposo durante toda la licencia médica (calle, número, block, villa, población, comuna, etc.).
    – NO debe trabajar ni asistir a clases durante el reposo.
    Ejemplos:
    – Rendir exámenes, pruebas, controles, etc.
    – Realizar cualquier actividad laboral (en la empresa, domicilio, otros).

Recuerda que NO cumplir con estas obligaciones es una falta a la ley “20.585” y al Decreto Supremo N°3 del Ministerio de Salud.